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Transportes acuerda con el Comité Nacional de Transporte por Carretera un nuevo Real Decreto-ley con medidas de apoyo al...
31/03/2026

Transportes acuerda con el Comité Nacional de Transporte por Carretera un nuevo Real Decreto-ley con medidas de apoyo al sector del transporte de mercancías

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha mantenido hoy una reunión con los representantes del Departamento de Mercancías del Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) donde han continuado dialogando para adoptar medidas urgentes con las que afrontar la situación económica provocada por la crisis bélica en Irán.
Junto con la Secretaria General de Transporte Terrestre, Rocío Báguena; y la Directora General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, Elena Mª Atance; también han asistido a la reunión el Ministerio de Hacienda representado por el Director General de Tributos, Jorge Ferreras y el Ministerio de Economía, representado por el Director General de Política Económica, Javier Muñoz.
Acuerdo con nuevas medidas
En la mañana de hoy se ha acordado elevar a Consejo de Ministros un nuevo Real Decreto-ley con las siguientes medidas adicionales:
1.- Modificación de la fórmula de revisión del precio del transporte en función de la variación del precio de combustible. La fórmula, ya acordada durante la reunión de hoy, no necesitará revisiones adicionales en futuras situaciones, ya que estará vinculada al precio del combustible antes de impuestos. Como ejemplo, a fecha de hoy el peso del combustible se incrementaría del 30 por ciento actual al 40 por ciento.
Del mismo modo se modificará la redacción del artículo 38 de la Ley
15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías para reforzar que la aplicación de la fórmula es automática y obligatoria.
2.- Consolidación con rango legal de las aclaraciones realizadas en la nota publicada el pasado 27 de marzo, y que se exponen posteriormente.
3.- Obligación de desglosar en la factura el ajuste por variación del precio del carburante prevista en el Real Decreto-ley 3/2022, eliminándose la posibilidad de recoger expresamente en los contratos otra forma de reflejar este ajuste.

Asimismo, se asume el compromiso de analizar, en el marco de estas medidas, un tipo sancionador que penalice el incumplimiento de las medidas anteriores.
Ambas partes se comprometen a mantener abierta la mesa de negociación permanente para perseguir los puntos pendientes que dependen de la aprobación de una autorización o de un marco temporal de ayudas de Estado por parte de la Comisión Europea.

Otras medidas acordadas recientemente
Estas medidas se suman a las ya implementadas tras la reunión del pasado 27 de marzo. Conforme a las peticiones formuladas por el CNTC, el Ministerio publicó una nota interpretativa en la que se aclaraba:

1.- Los precios medios del gasóleo deberán tomarse como referencia sin incluir impuestos, ni IEH ni IVA.

2.- Para el cálculo de la revisión del precio del transporte, no se pueden considerar las bonificaciones y ayudas extraordinarias y temporales contempladas en el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo.

3.- Se ha confirmado que España ya ha presentado la notificación del esquema de ayudas del Real Decreto-Ley 7/2026 que permita superar el límite máximo establecido en “minimis”. En concreto, se ha informado que se ha celebrado una primera reunión técnica con los servicios comunitarios y se han remitido por escrito las aclaraciones requeridas por los equipos técnicos de la Comisión Europea.

4.- Asimismo, se comunicó, en relación al régimen de módulos, que el Ministerio de Hacienda ya publicó, ese mismo día, una aclaración en la línea ya establecida para el año 2025. Igualmente, se ha aclarado que la bonificación ya implantada en el Real Decreto-Ley 7/2026 abarca al HVO y el Biodiésel.

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𝗙𝗲𝗻𝗮𝘁𝗽𝗼𝗿𝘁 𝗮𝗱𝘃𝗶𝗲𝗿𝘁𝗲 𝗾𝘂𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝟰𝟰 𝘁𝗼𝗻𝗲𝗹𝗮𝗱𝗮𝘀 𝘀𝗼𝗹𝗼 𝘀𝗲𝗿á𝗻 𝗮𝗽𝗹𝗶𝗰𝗮𝗯𝗹𝗲𝘀 𝗮 𝘁𝗿𝗮𝗻𝘀𝗽𝗼𝗿𝘁𝗲 𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝘆 𝗻𝗼 𝗮 𝗹𝗮 𝗺𝗮𝘆𝗼𝗿í𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗼𝘀 𝘀𝗲𝗿𝘃𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗿𝗺𝗼𝗱𝗮𝗹𝗲𝘀

La Federación Nacional de Transportistas Portuarios (FENATPORT) desea trasladar al conjunto de los cargadores, operadores logísticos y empresas de transporte una advertencia clara tras la publicación del documento conjunto elaborado por los Ministerios de Transportes, Interior e Industria sobre la modificación del Anexo IX del Reglamento General de Vehículos: la posibilidad de circular con 44 toneladas no será aplicable a la mayoría de los transportes intermodales.

Según la respuesta oficial de los Ministerios, las 44 toneladas solo podrán aplicarse a los transportes en contenedor que se desarrollen íntegramente dentro del territorio nacional, lo que afectará principalmente a tráficos internos o con origen y destino en las islas. En cambio, los transportes intermodales internacionales, es decir, aquellos en los que el contenedor viaja hacia o desde la Unión Europea o terceros países, seguirán rigiéndose por la Directiva 96/53/CE, que limita la masa máxima autorizada a 42 toneladas para conjuntos 2+3 y 44 toneladas para conjuntos 3+3.

Por tanto, no será posible cargar 44 toneladas en la mayoría de los transportes intermodales (salvo en combinaciones de 3 + 3), incluso aunque parte del recorrido discurra por territorio español. FENATPORT considera fundamental que los cargadores y operadores logísticos tomen en cuenta esta limitación para evitar sanciones, sobrecargas o conflictos de responsabilidad en la cadena de transporte.

Además, la Federación subraya que el documento ministerial no aclara una cuestión esencial, cuándo un transporte intermodal puede superar los 150 kilómetros por carretera y seguir siendo considerado como tal. La ausencia de una definición precisa sobre qué debe entenderse por “terminal de transporte más cercana o adecuada” sigue dejando a los transportistas en una situación de inseguridad jurídica.

La Federación de asociaciones de transportistas portuarios recuerda que no fue partidaria del aumento de las masas y dimensiones, al considerar que este cambio no resuelve los verdaderos problemas estructurales del transporte por carretera y puede aumentar la presión sobre los transportistas.

FENATPORT insiste en la necesidad de coordinar las decisiones técnicas y normativas con la realidad operativa del transporte intermodal, de modo que las normas garanticen seguridad jurídica, sostenibilidad y equilibrio entre los distintos modos de transporte.

FENATPORT analiza en profundidad el impacto del aumento de masas y dimensiones en el transporte portuario.    https://ct...
20/10/2025

FENATPORT analiza en profundidad el impacto del aumento de masas y dimensiones en el transporte portuario.

https://ctlevante.es/?p=2569

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